Los límites legales de los test de vehículos con sistemas de conducción automatizada están en continua evolución, acorde a los avances que se están realizando en torno a esta tecnología. En este aspecto, un foro clave de la ONU ha duplicado el límite de velocidad para automóviles y furgonetas que utilizan esta tecnología de conducción autónoma. A partir de esta medida se espera que también se revise la normativa que regula el uso de vehículos pesados que cuentan con este tipo de sistemas.
La última reunión del Foro Mundial para la Armonización de la Regulaciones de Vehículos, bajo la supervisión de la ONU, ha servido para modificar el Reglamento nº 157 de la ONU y ampliar los límites de velocidad para los turismos y vehículos ligeros con sistemas de conducción automatizada. Ahora este tipo de vehículos pueden rodar a 130 km/h en las autopistas y autovías o, en su defecto, a la velocidad máxima que marque el reglamento nacional. Hasta ahora, sólo podían hacerlo a 60 km/h. Además, también cubre los cambios de carril automatizados.
Esta normativa entrará en vigor el 1 de enero de 2023 y aunque define estos términos, estipula también que los sistemas de conducción automatizada deben cumplir con las normas locales y sólo pueden ser activados en carreteras que tengan una barrera física que separe el tráfico en ambos sentidos. Además, el conductor debe poder anular el funcionamiento de la tecnología presente en el vehículo y recuperar su control. Además, el texto incluye varias enmiendas y requisitos.
Los fabricantes deben seguir estos requisitos en la producción de los vehículos con sistemas de conducción automatizada, así como cumplir distintas premisas en clave de ciberseguridad y actualización de software. Se entiende que una vez que el texto esté en vigor y con resultados deseables, la normativa también se ampliará a los vehículos pesados de transporte que ya cuentan con esta tecnología y que, en muchos casos, se encuentran en fase de test en países muy concretos.
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